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jueves, 10 junio 2021 | Servicios

Controles vehiculares: ¿Qué debemos saber y tener para circular?

Para poder circular en condiciones hay que cumplir con algunos aspectos legales. Los abogados penalistas Fernando Virgili y Eliana Zapata nos cuentan que se necesita para evitar problemas.
Controles vehiculares: ¿Qué debemos saber y tener para circular?
Con la situación de pandemia y las restricciones de circulación han crecido los controles policiales en los vehículos, pero ¿qué necesitamos para poder transitar en condiciones y evitar inconvenientes?

En dialogo con 11Noticias, los abogados penalistas Eliana Zapata y Fernando Virgili, nos cuentan que lo importante es que quien circula sea el titular y cuente con la tarjeta verde, que este habilitado para circular a través del carnet de conducir y el seguro.

"Respecto al seguro, a veces piden el recibo o la póliza, pero más allá de que se puede pasar un control solo con la póliza siempre es necesario tener el seguro pago porque si ocurre un siniestro y se debe la cuota la compañía no se hará cargo y la persona debe afrontar los gastos" comenta Virgili.

A la hora de comprar cualquier vehículo lo primero que se debe hacer es la transferencia, es algo fundamental que muchos dejan de lado, pero "a veces uno compra un vehículo que no lo transfiere y en un control policial se entera que tiene pedido de captura porque se cometió un ilícito o fue robado, tuve clientes con esa situación. Esa conducta entra en el artículo 277 del código penal que es el encubrimiento aunque la persona manifiesta comprarlo de buena fe, si haces la transferencia como corresponde ese inconveniente aparece" comenta el abogado.

Los abogados que se especializan en secuestros de vehículos, detención de personas y querellantes, analizan que en época de pandemia se han registrado dos hechos luego de los operativos, una de las cuales trae una causa penal.

Por un lado, es la violación del el Artículo 205 del Código Penal, relacionada a la violación de las medidas sanitarias establecidas por el Estado para cuestiones de salud pública y si la persona, cuando le quieren labrar el acta se resiste, surge el Artículo 239 por Resistencia a la autoridad. Ambas situaciones se pueden evitar circulando con la documentación necesaria.

Si las autoridades del control remiten el vehículo al corralón, para poder retirarlo primero "la fiscalía tiene que librar el oficio para liberar ese vehículo y es necesario cerrar la causa penal primero. Muchas veces en el secuestro de vehículos nos encontramos con personas que son titulares pero lo prestaron a algún amigo o conocido que comete un ilícito, si bien el titular registral no está imputado del delito en sí pero cuando pide la devolución del mismo desde la fiscalía no lo pueden hacer hasta que se cierre la causa penal porque esta objeto de investigación, así que hay que tener cuidado a quien uno le presta su vehículo" plantea Virgili.

¿La policía puede revisar el interior del vehículo?

Según nos explican los abogados que cuentan con experiencia en el tema, cuando una autoridad en un control revisa el interior del auto o hace abrir el baúl es una requisa, pero no hay necesidad de hacerlo si quien circula tiene la documentación en orden y no hay denuncia previa sobre el vehículo.

"Hay muchos fallos que entienden que hay una clara violación a la intimidad porque es como si la policía entra a tu casa a hacer un allanamiento sin orden, hay que ser precavidos porque lo que se denomina ?olfato policial? tiene que ser con cierta racionalidad, no se puede revisar porque si, aunque generalmente la persona accede para evitar incidentes" analizan los abogados.

Si te remitieron tu vehículo en un operativo, sufriste una detención o conoces a alguien que lo paso, podes consultar a los teléfonos (03476) 15568192 o (0341) 153506541.

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