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jueves, 22 mayo 2025 | Opinión

DNU 340-25: el caballo de Troya para limitar la herramienta de lucha de los trabajadores

La declaración de esencialidad de las actividades laborales es la llave del gobierno para debilitar la lucha obrera y las organizaciones gremiales, único bastión que se enfrenta al poder de Javier Milei. Esta figura, que fue clave en los momentos más oscuros de la humanidad, cuando se luchó contra un virus que generó la muerte de cientos de miles de personas, es la que se intenta imponer ahora para limitar la huelga.
DNU 340-25: el caballo de Troya para limitar la herramienta de lucha de los trabajadores
Los paros, los piquetes, las medidas de fuerza que aborrecen los propios trabajadores y repudia la sociedad, son la única herramienta que verdaderamente enfrenta al poder económico concentrado y organizado. Cercenar esta modalidad de lucha implica la pérdida de poder de la clase obrera ante los atropellos y objetivos económicos de las empresas, hoy con el apoyo de la Secretaría de Trabajo y del gobierno nacional. Desde la presentación de la Ley Bases, pasando por el Decreto 70/23 y hoy el DNU 340/25, se busca limitar este derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional.

El derecho de huelga en la Constitución Nacional del año 1994 refuerza la garantía conferida al derecho de huelga por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, en el que se otorga la máxima jerarquía normativa a un grupo de tratados internacionales: el Convenio 87 de la OIT sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación de 1948, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).

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Estos imponen la abstención de toda injerencia que tienda a limitar la autonomía de las organizaciones o entorpecer su ejercicio. Se veda la posibilidad de sujetar la adquisición de personalidad jurídica a concesiones de su autonomía en las libertades de constitución, de organización y de acción, y se prohíbe a las legislaciones nacionales y a los órganos encargados de aplicarlas todo menoscabo a sus garantías.

Gobernar con DNU

Quedaron atrás los días de cuestionamiento a quienes gobernaron con Decretos de Necesidad y Urgencia. Al finalizar sus dos mandatos, Cristina Kirchner contabilizó 78 DNU y, ni siquiera sumando los emitidos por Alberto Fernández (178), se alcanzan los 340 decretos firmados por el presidente Javier Milei en la mitad de su gobierno.

Mientras sigan vigentes las facultades delegadas por el Congreso, el gobierno nacional puede continuar emitiendo Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) amparado en la declaración de emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética. Estas facultades excepcionales, aprobadas por el Senado el 8 de julio de 2024, le permiten al Ejecutivo tomar decisiones de manera directa, incluso para reorganizar, fusionar o disolver organismos de la administración central. Sin embargo, este poder tiene un límite temporal: el plazo de un año, por lo cual caducará a mediados de este 2025, marcando un punto de inflexión institucional en el que deberá retomarse plenamente el debate legislativo como vía principal para las reformas estructurales.

Cada desregulación es una oportunidad para intentarlo de nuevo. Las reformas y flexibilización en la Marina Mercante y la apertura de las aguas argentinas a través del cabotaje nacional fueron un caballo de Troya para sustituir el artículo 24 de la Ley N.º 25.877 de Régimen Laboral.


“ARTÍCULO 24.– Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos. En lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75 %) de la prestación normal del servicio de que se tratare. En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al CINCUENTA POR CIENTO (50 %).”

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Se consideran servicios esenciales, en sentido estricto, aquellas actividades cuya interrupción pondría en riesgo inmediato la salud, la seguridad o el funcionamiento básico de la sociedad, como los servicios sanitarios, hospitalarios y farmacéuticos; la producción y distribución de agua, gas, combustibles y energía; las telecomunicaciones; la aeronáutica comercial y el control del tráfico aéreo y portuario; los servicios aduaneros, migratorios y de comercio exterior; el cuidado y educación de menores; y el transporte marítimo y fluvial.

Por otro lado, se definen como actividades de importancia trascendental aquellas que, sin ser esenciales, resultan estratégicas para la economía y el funcionamiento general del país, como la producción de medicamentos, el transporte terrestre, los medios de comunicación, industrias continuas como la siderurgia y la alimenticia, actividades logísticas, bancarias, agropecuarias y comerciales, entre otras.

Además, se crea una Comisión de Garantías, “autónoma e integrada por expertos”, que podrá clasificar como esencial o trascendental cualquier otra actividad si su paralización afecta gravemente la vida, la salud, el orden público, el abastecimiento o la estabilidad económica del país.

No pasarán

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La reacción de las organizaciones gremiales fue inmediata y concreta. “Vamos a pelear por nuestros derechos”, advirtieron desde la Confederación General del Trabajo (CGT). En otro orden, el referente del sector marítimo y fluvial, Capitán Mariano Moreno, remarcó que “este decreto es el tiro de gracia a la Marina Mercante Nacional” y que se trata de “un proyecto para pauperizar a los trabajadores argentinos”.

Para el dirigente, la declaración de esencialidad “es una forma distinta de cercenar un derecho consagrado, disfrazado de esencialidad que no tiene justificación. Acompañamos a esa figura durante la pandemia, que fue una situación gravísima, pero no estamos en ese escenario. Ahora es un ataque directo a los trabajadores”.

Moreno concluyó con una advertencia: “Si este modelo se impone, el país pierde soberanía, empleo y desarrollo industrial. Solo ganan unos pocos que se benefician con mano de obra barata y flotas extranjeras operando impunemente en nuestras aguas”.



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