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lunes, 22 julio 2024 | Economía

El gobierno oficializó el Impuesto a las Ganancias y rige con el salario de julio

Hoy se publicó en el Boletín Oficial el decreto que reglamenta la aplicación del impuesto. Los descuentos impactarán los primeros días de agosto, con el salario correspondiente al mes de julio.
El gobierno oficializó el Impuesto a las Ganancias y rige con el salario de julio Este lunes, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial el Decreto 652/2024, que oficializa la reglamentación del Impuesto a las Ganancias con modificaciones. Este paso era necesario tras la promulgación del paquete fiscal. Tal como indicaron fuentes oficiales, se mantendrá la baja del piso a $1,8 millón para solteros (unos $1,5 millón netos) y $2,2 millones para personas con dos hijos ($1,95 millón netos).

El impuesto impactará a más de 1,5 millones de trabajadores y comenzará a regir con los salarios de julio, que los trabajadores recibirán los primeros días de agosto. Anteriormente, el mínimo no imponible era de 15 salarios mínimos, equivalentes a $2.340.000 hasta junio y $3.5 millones desde julio.

¿Qué dice el Decreto 652/2024 firmado por Javier Milei?

El decreto modifica la Ley de Impuesto a las Ganancias con las siguientes disposiciones:

Actualización de importes: Desde 2025, los montos de los artículos 30 y 94 de la Ley de Impuesto a las Ganancias se ajustarán dos veces al año (1° de enero y 1° de julio) según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC. Además, en septiembre de 2024 se realizará un ajuste especial basado en el IPC de junio a agosto de 2024.

Deducción especial: Se aplicará una deducción para evitar que las nuevas reglas incrementen retroactivamente los impuestos a pagar.

Eliminación de exenciones: Se eliminan algunas exenciones del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

Deducción por alquileres: Se añade una deducción en el artículo 85, limitada al 10% del total pagado en alquileres, siempre que los contratos estén registrados.

Beneficios para personal petrolero: Se define qué trabajadores petroleros califican como "personal de pozo" y sus beneficios impositivos se mantienen.

Modalidad de cálculo de deducciones: La AFIP establecerá cómo los empleadores deben calcular las deducciones mensuales del Sueldo Anual Complementario (SAC) y ajustará los impuestos retenidos durante el año fiscal 2024, considerando las nuevas reglas y posibles devoluciones de exceso de retenciones.

Cambio de nombre del Capítulo V: Se cambia el nombre del Capítulo V en la reglamentación a: “Capítulo V - GANANCIAS DE LA CUARTA CATEGORÍA - IMPUESTO A LOS INGRESOS PERSONALES - TRABAJO EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA Y OTROS”.

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