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sábado, 12 septiembre 2020 | Salud

Covid-19: Anmat reiteró que no está habilitado el uso de Ibuprofeno inhalable

La ANMAT volvió a aclarar que no se ha autorizado el producto LUARPROFENO (Ibuprofeno en solución inhalatoria y nebulizable) para el tratamiento de COVID19. En el Senado santafesino piden que el gobierno provincial permita a los médicos aplicar un tratamiento con dicho medicamento.
Covid-19: Anmat reiteró que no está habilitado el uso de Ibuprofeno inhalable En las provincias de Córdoba, Buenos Aires, La Rioja y Jujuy, entre otras, se está utilizando una terapia con ibuprofeno nebulizable o inhalable en pacientes con cuadros de Covid19, la cual fue aprobada por los Ministerios de Salud de cada provincia. En la provincia de Santa Fe el gobierno provincial aún no lo autoriza hasta que no sea aprobado por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).

El organismo nacional lanzó un comunicado el pasado 24 de agosto donde expresó que “no se ha iniciado ningún trámite para realizar la evaluación del protocolo mencionado”, de dicho medicamento.

Dos semanas más tarde vuelve a comunicarlo: “Esta Administración Nacional reitera que no se ha iniciado ningún trámite para la evaluación del protocolo de estudios de farmacología clínica del producto LUARPROFENO (Ibuprofeno en solución inhalatoria y nebulizable). Por ende, hasta tanto se cumplimente con este procedimiento, este Organismo no puede expedirse y/o tomar decisiones al respecto ”.

“En caso de que la empresa titular del producto presente la documentación correspondiente según la normativa vigente (Disposición 6677/2010), esta Administración Nacional evaluará y analizará la misma con los criterios y plazos establecidos para este procedimiento”, expresaron mediante un nuevo comunicado.



Mientras tanto una comunicación votada por unanimidad en el Senado de la provincia de Santa Fe, se pide que el gobierno provincial le permita a los médicos aplicar un tratamiento contra el Covid-19 que usa este medicamento en nebulizaciones .
Es un tratamiento experimental, desarrollado por investigadores cordobeses.

Desde el laboratorio expresaron “ANMAT considera necesario introducir al protocolo de ensayo clínico propuesto por nosotros. Se trata de recomendaciones muy atinadas y que refieren en su mayoría a preservar la seguridad de pacientes y equipo de salud durante la ejecución del ensayo”.

“Las autoridades de la ANMAT nos manifestaron que están esperando que podamos concretar formalmente nuestro pedido de autorización para el ensayo clínico, y que mantienen una firme disposición para imprimirle al trámite que iniciaremos en estos días la misma celeridad con que han sido autorizados recientemente productos para determinación diagnóstica de COVID-19 y estudios clínicos de productos innovadores para la prevención de la enfermedad, casos estos cuya complejidad de análisis supera en gran medida la de nuestro producto LUARPROFENO”, agregaron en un comunicado.

Luarpofeno, tratamiento para infecciones pulmonares

Es una formulación farmacéutica a base de Ibuprofeno, inhalatoria y nebulizable. Su acción terapéutica es antiinflamatoria, bactericida y viricida, y está destinada al potencial tratamiento de afecciones pulmonares.

Es un desarrollo conjunto entre científicos del Centro de Excelencia en Productos y Procesos Córdoba (CEPROCOR) y Química Luar, laboratorio de especialidades medicinales con base en Córdoba hace más 40 años. Además, cuenta con el apoyo académico y en investigación clínica de Fundación Respirar para organizar y llevar adelante el estudio en Buenos Aires.

Al ser un medicamento en fase experimental, el Gobierno de la Provincia de Córdoba sancionó la Resolución Ministerial N° 391 año 2020 , mediante la cual se propicia la aprobación del «Protocolo de actuación destinado a facilitar la Indicación del plan de uso compasivo ampliado (UCA) de Medicamentos en enfermedades pandémicas» con motivo de la Emergencia sanitaria COVID-19.

En el curso de situaciones sanitarias emergentes como la actual pandemia, es menester instrumentar recursos normativos expeditivos que permitan la utilización de recursos terapéuticos con principios activos aún en vías de registro ante la autoridad sanitaria, sea por tratarse de nuevos principios activos o de principios activos registrados pero con nuevas presentaciones, nuevas vías de administración, nuevas posologías mayores a las autorizadas o bien nuevas indicaciones que las autorizadas por el ente regulatorio nacional.

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