
No se encontraron resultados.En el marco de la jornada sobre “Policía y Justicia Penal“ que se llevó a cabo en la capital santafesina, el senador provincial del departamento San Lorenzo, Armando Traferri, expuso una ponencia sobre “debates políticos, legislativos y académicos en torno al diseño e implementación de un Organismo de Investigaciones en la provincia de Santa Fe”,
en la cual brindó detalles sobre el proyecto de su autoría, que crea de un Organismo de Investigaciones o Policía Judicial, que ya cuenta con media sanción de la Cámara Alta y que se encuentra en la Cámara de Diputados para su trataminto.
La jornada, que se llevó a cabo, en el aula Mariano Moreno de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, estuvo organizada por el Ministerio Público de la Acusación de la Provincia de Santa Fe y la?Universidad Nacional del Litoral y auspiciada por el?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el ?Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe.
Entre otras autoridades, se contó con la presencia del gobernador santafesino Antonio Bonfatti; el rector de la UNL Albor Cantard; el Fiscal General de la Provincia de Santa Fe, Julio De Olazabal; la presidenta de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia María Angélica Gastaldi; el ministro de Justicia y Derechos Humanos de la santafesino Juan Lewis y el ministro de Seguridad de la provincia Raúl Lamberto, además de legisladores y profesores académicos.
Destalles de la iniciativa
Al brindar un análisis sobre su proyecto, el senador Traferri, explicó que “la Policía de la Provincia, en la órbita del Poder Ejecutivo cumple en la actualidad dos tipos de funciones claramente diferentes: de prevención, por ejemplo cuando patrulla o custodia algún espectáculo publico; Judicial, por ejemplo cuando realiza una determinada pericia, cuando realizan el sumario de prevención, etc.“ y aclaró que “estas funciones tienen naturaleza diversa y exigen una capacitación diferenciada, y a su vez, la Policía de la Provincia cumple tanto funciones asignadas por sus respectivos Jefes (en la órbita del Poder Ejecutivo), como así también, por jueces y fiscales (Poder Judicial y Ministerio Publico)“.
Luego Traferri sostuvo que “con la reforma que el Estado Provincial está llevando adelante en materia de enjuiciamiento penal, el Ministerio Público de la Acusación, promoverá y ejercerá la acción penal, dirigirá la investigación, entre otras funciones que establece el art. 11 de la ley 13.013. En ese marco se justifica la necesidad de contar con un Órgano propio que lleve adelante la investigación en base a los requerimientos que le efectué el Ministerio Publico de la Acusación, que deberá contar con personal profesionalizado en investigación criminal el que será especialmente capacitado para las tareas a desarrollar“, sostuvo.
El senador sanlorencino, en su ponencia, mencionó algunos temas sobre la actualidad de las fuerzas policiales haciendo referencia a la “politización de la Policía de Seguridad“, preguntándose: “¿investiga la policía de la provincia delitos cometidos por funcionarios públicos dependientes del Poder Ejecutivo?; ¿investiga los delitos cometidos por integrantes de las fuerza?, ¿hay casos de corrupción policial?, ¿casos de caranchismo?, ¿hay procedimientos con nulidades decretadas en virtud de un proceder negligente, imprudente, o incluso malicioso en la recolección probatoria?“, y agregó: “tiene la Policía de la Provincia Doble dependencia: del poder ejecutivo en la faz preventiva, del Poder Judicial o del Ministerio Público en su función “judicial”. ¿Existe allí la necesaria división de poderes que exigen los principios republicanos?”, cuestionó.
Análisis del proyecto
En la segunda parte de su presentación ante las autoridades provinciales, Armando Traferri, analizó algunos aspectos particulares del proyecto y mencionó que el artículo tercero del Proyecto de Ley “establece la dependencia Orgánica, funcional y administrativa respecto del Ministerio Público de la Acusación“ y que “tendrá una competencia delimitada a supuestos en los que sea necesaria la intervención del mismo, sobre la base de ciertos tipos penales o determinadas circunstancias que denoten la necesidad de una investigación profesionalizada. Tendrá competencia en la investigación de: homicidios dolosos o cometidos en ocasión de otro delito doloso; delitos cometidos por funcionarios públicos o miembros de las instituciones policiales y/o penitenciarias; homicidios o lesiones culposas ocurridas en accidentes de tránsito; aquellos casos en los que existan elementos de convicción que autoricen a presumir la participación de un grupo delictivo organizado o en aquellos en los que debido a las características propias de comisión del hecho o las complejidad requerida para la investigación, el fiscal interviniente disponga su intervención de manera fundada“, detalló.
Luego, en cuanto al “limite a la actuación de la policía de seguridad“, el senador del departamento San Lorenzo, aclaró que “se delimitan concretamente las funciones de la policía de seguridad en casos de competencia del Organismo de Investigaciones: deben limitarse a asegurar debidamente la escena del crimen, siendo atribución exclusiva y excluyente del Organismo de Investigaciones la realización de todas las medidas que ordena el Código Procesal Penal“, según explicó.