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lunes, 09 marzo 2015 | Opinión

Trabajo avala sumas salariales no remunerativas violando un fallo de la Corte suprema

Por Rubén Baluja
Trabajo avala sumas salariales no remunerativas violando un fallo de la Corte suprema Pese al fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró la inconstitucionalidad de las sumas no remunerativas, el Ministerio de Trabajo mantiene la política favorable a la homologación de aquellos convenios que incluyan suplementos, premios o gratificaciones salariales por única vez y solo dispondrá la revisión de los acuerdos en los casos en que sean pactados aumentos porcentuales no remunerativos por largos períodos. En la Argentina, para satisfacer los intereses empresarios y de “gremialistas” el Ministerio que supuestamente debe defender los derechos del trabajador, se niega a cumplir con un fallo que favorece a los trabajadores.

Desde la cartera laboral se aseguro que no homologará aquellos convenios salariales en los que el aumento porcentual mantenga carácter no remunerativo durante toda su vigencia, pero también admitió que los pagos no remunerativos por única vez serán homologados, lo cual responde a los reclamos de empresarios y “sectores gremiales” por los efectos del fallo de la Corte, sobre la totalidad de los acuerdos firmados por gremios y empresas en la presente ronda de paritarias que incluyeron algún tipo de gratificación o suma especial por única vez de carácter no remunerativo.

Pero esos argumentos chocan contra el fallo del Corte Suprema de la Nación, que el Ministerio de Trabajo esta obligado a respetar, pero mantiene su postura contraria al fallo de la Suprema Corte que declaró que las normas de los convenios colectivos que establecen sumas no remunerativas son inconstitucionales y habilita que los trabajadores podrán reclamar ante la Justicia que se les computen esas sumas para aguinaldo, vacaciones, pago de accidentes de trabajo y horas extras, que en definitiva es un beneficio concreto para los trabajadores.

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