
La Anmat a través de una disposición publicada en el Boletín Oficial, prohibió “la comercialización en todo el territorio nacional del producto: Aceite de girasol, marca Patito Juan, 100% Aceite Vegetal, RNPA N° 025-13037995. Envasado por RNE N° 13005447”, que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.
Las actuaciones se inician a raíz de una consulta de registros de un consumidor recibida en la Dirección de Fiscalización Sanitaria de la provincia de Tucumán respecto de la comercialización del producto.
El producto ofrecido infringe el artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13, 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por ser un
producto falsamente rotulado que utiliza un RNE dado de baja y el RNPA perteneciente a otro producto también dado de baja, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
"Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284", expresaron en el Boletín Oficial.
A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomendó
prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento.