11Noticias Lo Último RosarioPoliticaGremialPGSMartinNacionalesGremial
viernes, 31 mayo 2024 | Judicial

Gaboto: un Juez de Familia expulsó a dos abusadores a 200 kilómetros del pueblo

Se trata de dos de los tres acusados por el abuso sexual a cinco hermanas de la localidad quienes habían quedado libres por la ley de prescripción anterior al 2015. La policía los escoltó hasta el límite de la prohibición.
Gaboto: un Juez de Familia expulsó a dos abusadores a 200 kilómetros del pueblo El Juzgado de Familia de San Lorenzo, en un fallo sin precedentes en la región, ordenó expulsar de Puerto Gaboto a dos hombres que abusaron sexualmente de cinco hermanas menores de edad y que habían sido liberados el mes pasado debido a la prescripción de la causa. La resolución del Juez Marcelo Scola establece que los sindicados no podrán acercarse a menos de 200 kilómetros a la redonda de dicha localidad.

La decisión se tomó ante el pedido del abogado de las víctimas, el Dr Sebastián Darrichón, y determina específicamente la “prohibición de permanecer, transitar, residir o ingresar a la localidad de Puerto Gaboto, debiendo ser retirados de la misma por personal policial que deberá corroborar su efectiva salida, y la prohibición de acercamiento en un radio de 200 kilómetros de dicha localidad".

Ante esto, Gastón Alberto Yglesias y Gastón Maximiliano Acuña, condenados por delitos sexuales contra cinco niñas de Puerto Gaboto, deberán irse y no podrán regresar a Puerto Gaboto. El fallo es contundente y agrega la prohibición de acercamiento a 200 metros de cualquier lugar al que concurran las víctimas. Deberán abstenerse de incurrir en cualquier acto de hostigamiento, difamación o molestia hacia las mencionadas.

Finalmente, en horas de la noche del jueves, personal policial de la Comisaría 12da de esa localidad se presentaron en los domicilios de ambos, les notificaron de la resolución judicial, y sin oponer resistencia, se retiraron en su vehículo del pueblo, siendo escoltados por los efectivos policiales hasta el límite establecido por la prohibición.

Es dable mencionar que los dictaminado por el Juzgado de 1ra Instancia de Familia de San Lorenzo establece que la policía deberá realizar rondas de custodia periódica por los domicilios de ambos acusadores. Asimismo, el sitio InfoMas subrayó que esta medida no tiene un límite temporal ya que el Juzgado plantea que "no caducan en el tiempo salvo disposición en contrario del mismo Juzgado".

Los abusadores habían regresado al pueblo y vivían a pocas cuadras de sus víctimas, generando una situación de "revictimización y miedo" que afectó a las mismas. "Comprobados los hechos que realmente ocurrieron después de las audiencias de debate, se aplicó una ley anterior a la del 2015, que era la que prevé que los delitos contra la integridad sexual, la prescripción empiece a correr desde que la víctima alcance la mayoría de edad o desde la denuncia. Las tres personas están condenados", sostuvo Darrichón.

"Este fallo le devuelve a las víctimas de violencia sexual la confianza en el Estacio. Es la contención a través del aparato judicial", agregó como reflexión el letrado.

Fuente: InfoMas

San Lorenzo, Santa Fe, Argentina | C.P.: 2200 | +54 341 691 2807
© Copyright 2010, Todos los derechos reservados.
Registro ISSN - Propiedad Intelectual: Nº: RL-2023-30307622-APN-DNDA#MJ

ggg