11Noticias Lo Último PolicialesRosarioNacionalesDeportesCulturaGremial
viernes, 29 abril 2011 | Cultura

Día del animal

Hoy se conmemora en la Argentina el Día del Animal, como homenaje a la muerte de Ignacio Albarracín.
Día del animal No se encontraron resultados.

El Día del Animal, se festeja cada año los días 4 de octubre en todo el mundo. Refugios de animales de todo el mundo realizan eventos para recaudar fondos para asistir a los mismos, también las escuelas realizan proyectos de trabajos relacionados con el tema, y hasta las iglesias desarrollan bendiciones.

Aquí en la Argentina, este día se celebra generalmente el 29 de abril de cada año, se hace en homenaje al doctor Ignacio Lucas Albarracín (1850-1926), quien fue uno de los fundadores de la Sociedad Argentina Protectora de Animales y el propulsor de la Ley Nacional de Protección de Animales, junto con Domingo Faustino Sarmiento.

El día del animal se instituyó en el año 1908, por en ese entonces director del Jardín Zoológico, Clemete Onelli, y del Presidente de la Asociación Protectora de Animales, Ignacio L. Albarracín.

Albarracín murió el 29 de abril de 1926, y desde ese día se conmemora el Día del Animal, todos los años en la Argentina.

LEY NACIONAL DE PROTECCIÓN DE ANIMALES

La Ley n° 2786, la cual fue promulgada el 25 de julio de 1891. Llamada comúnmente “Ley Sarmiento”, es la precursora del proteccionismo animal.

Ley 2.786
PROHIBICION DE MALOS TRATOS A ANIMALES.
BUENOS AIRES, 25 de julio de 1891

PREÁMBULO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:

ARTÍCULO 1.- Declarase actos punibles los malos tratamientos ejercitados con los animales, y las personas que los ejerciten sufrirán una multa de dos a cinco pesos, o en su defecto arresto, computándose dos pesos por cada día.

ARTÍCULO 2.- En la capital de la República y Territorios Nacionales, las autoridades policiales prestarán a la Sociedad Argentina Protectora de los Animales, la cooperación necesaria para hacer cumplir las Leyes, reglamentos y ordenanzas dictadas o que se dicten en protección de los animales, siendo de la competencia de las mismas, el juicio y aplicación de las penas en la forma en que lo hacen para las contravenciones policiales.

ARTÍCULO 3.- El importe de las multas a que se refiere el artículo primero será destinado a las sociedades de beneficencia de cada localidad.

ARTÍCULO 4.- La Municipalidad de la capital de la República y las de los Territorios Nacionales dictarán ordenanzas de conformidad a la presente Ley.

ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.


Publicidad Publicidad Publicidad Publicidad
San Lorenzo, Santa Fe, Argentina | C.P.: 2200 | +54 341 691 2807
© Copyright 2010, Todos los derechos reservados.
Registro ISSN - Propiedad Intelectual: Nº: RL-2023-30307622-APN-DNDA#MJ

ggg