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martes, 10 septiembre 2013 | Rosario

Proponen eximir del pago de tributos y servicios provinciales a los damnificados de la tragedia de Rosario

Contempla la exención de impuestos de Ingresos Brutos, Inmobiliario Urbano, Sellos y Patente en áreas delimitadas. También abarca el pago de tarifas de servicios públicos.
Proponen eximir del pago de tributos y servicios provinciales a los damnificados de la tragedia de Rosario No se encontraron resultados.El gobernador Antonio Bonfatti envió el jueves pasado un proyecto de ley a la Legislatura para eximir del pago de impuestos a inmuebles y comercios afectados por la trágica explosión ocurrida en calle Salta al 2100 el pasado 6 de agosto en la ciudad de Rosario.

La iniciativa, de carácter tributario, y remitida a consideración de los legisladores, tiene distintas limitaciones y alcances, de acuerdo a la magnitud de los daños, y abarca a los vencimientos de Inmobiliario Urbano, Ingresos Brutos, Patente y Sellos; como así también del pago de tarifas de los servicios públicos de agua potable, desagües cloacales y energía eléctrica, respectivamente, a quienes hayan resultado afectados por el siniestro.

En relación a la determinación de los inmuebles afectados, “corresponderá que sea el Servicio de Catastro e Información Territorial (Secit), el organismo responsable de generar los padrones de las partidas del Impuesto Inmobiliario que resultaron afectadas por el siniestro mencionado; asimismo, la Administración Provincial de Impuestos resultará responsable de dictar la normativa correspondiente para su efectiva aplicación en materia impositiva”, precisa el mensaje que acompaña el proyecto.

ESPECIFICACIONES DEL PROYECTO

>> Impuesto Inmobiliario

El proyecto establece que se exima del pago de Impuesto Inmobiliario a los inmuebles ubicados en “ambos frentes de calle Salta a la altura del 2100 –entre bulevar Oroño y Balcarce–, y a los inmuebles ubicados en la calle Balcarce Nº 240 de la ciudad de Rosario”. En este caso, “la exención comprenderá los períodos cuyos vencimientos operen entre el 1º de agosto de 2013 y el 31 de enero de 2015.

Para los inmuebles ubicados en la zona comprendida entre calle Salta al 2100 (manzana norte y sur) y que se extiende hacia bulevar Oroño y Balcarce al 100 y al 200; y calles Catamarca, Salta y Jujuy al 2100, “la exención comprenderá los períodos cuyos vencimientos operan entre el 1º de agosto de 2013 y el 31 de enero de 2014.

>> Ingresos brutos

El proyecto contempla eximir del pago del Impuesto a los Ingresos Brutos “a los contribuyentes titulares de un único local habilitado que resultare afectado por el siniestro referido en la primer parte del artículo 1°, en relación a los ingresos correspondientes a la actividad comercial industrial o de servicios que se desarrollen en el mismo, en los términos y con los alcances que a continuación se detallan:

a) locales ubicados a ambos frentes de la calle Salta a la altura del 2100, entre bulevar Oroño y Balcarce de la ciudad de Rosario. La exención comprenderá los períodos cuyos vencimientos operen entre el 1º de agosto de 2013 y el 31 de enero de 2015.

b) aquellos locales que se encuentren ubicados en la zona comprendida entre calle Salta al 2100 (manzana norte y sur) y que se extiende hacia bulevar Oroño y Balcarce al 100 y al 200; y Catamarca, Salta y Jujuy al 2100, y fuera de la enunciada en el inciso a); la exención comprenderá los períodos cuyos vencimientos operan entre el 1º de agosto de 2013 y el 31 de enero de 2014.

>> Impuesto de Sellos

En lo que respecta al impuesto de Sellos, por lo que resta del transcurso de 2013, a todos los actos, contratos y operaciones de compraventa o alquiler de inmuebles o vehículos en el que intervenga un sujeto que acredite haber sido damnificado en forma directa por el siniestro en el edificio de calle Salta al 2141, y en tanto dicho acto se efectúe a los efectos del reemplazo de la vivienda, local comercial y/o vehículo afectado como consecuencia del mismo.

En este caso, para la acreditación correspondiente será válida toda documentación que emita la Municipalidad de Rosario y oficina del ámbito provincial que haya intervenido en las operaciones de relevamiento de los damnificados.

>> Patente Única

La norma también prevé que se exima del pago del Impuesto de Patente Única sobre Vehículos por los períodos que operen entre el 1º de agosto de 2013 y el 31 de diciembre de 2013 a los vehículos que hubieren resultado afectados por la explosión. “A los efectos de la acreditación correspondiente, será válida toda documentación que informe la Municipalidad de Rosario y/o la oficina del ámbito provincial que haya intervenido en las operaciones de relevamiento de los damnificados”, indica el proyecto.

>> Servicios Públicos

Por último, el proyecto remitido por el gobernador a la legislatura establece la exención del pago de las tarifas de los servicios públicos de agua potable y desagües cloacales y de energía eléctrica prestados por Aguas Santafesinas SA y la Empresa Provincial de la Energía, respectivamente, a los usuarios afectados por el siniestro, cuyos inmuebles se encontraren ubicados a ambos frentes de la calle Salta a la altura del 2100 –aún cuando el ingreso fuere por otra arteria–, entre bulevar Oroño y Balcarce, y sobre calle Balcarce Nº 240, por los períodos cuyos vencimientos operen entre el 1º de julio de 2013 y el 31 de diciembre de 2013.-

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