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miércoles, 18 enero 2023 | Regionales

Malestar y preocupación por la prohibición de ciclistas en ruta 18S camino Aldao

La cartelería fue instalada hace pocos días entre Puerto General San Martín y Aldao. Los ciclistas que utilizan la ruta cuestionan la legalidad de la prohibición y alertan que la medida genera mayor peligro ante automovilistas temerarios.
Malestar y preocupación por la prohibición de ciclistas en ruta 18S camino Aldao La Dirección Provincial de Vialidad de la provincia de Santa Fe prohibió la circulación de ciclistas en la Ruta provincial 18S que conecta a la ciudad de Puerto General San Martín con la localidad de Aldao, según comunica la cartelería instalada hace pocos días en dicha arteria esencial para la conexión de la región.

La señal, ubicada en la vera de la ruta, proporciona información tajante para los que utilizan la bicicleta como medio de transporte y como elemento deportivo, pero a su vez deja dudas sobre su correcta ubicación ya que la nomenclatura asignada para el cartel pertenece a una supuesta ruta provincial “304 S” que nadie conoce.

La prohibición encendió las alarmas en los ciclistas que a diario utilizan dicha conexión como lugar de entrenamiento deportivo en grupos o individual. En redes sociales pusieron en duda la legalidad de dicha señalización que contradice a la Ley Nacional de Tránsito.

“Nos desayunamos con estos carteles que ni siquiera figura la ruta o alguna de la región y esto nos genera un daño terrible a los que salimos a pedalear. Entendemos que a veces resulta molesto para los conductores encontrar a un grupo de ciclistas, pero no es como para prohibir el paso de bicicletas”, contó el triatleta Marcelo Arichuluaga.

“Hay conductores que son temerarios, te tiran el auto encima, te quieren pasar fino, te quieren tocar con el espejo; Sin saber que si te tocan con el espejo te matan. Entonces, este cartel nos pone en mayor peligro porque en adelante, estos conductores se van a creer que están en razón”, detalló el deportista.

¿Qué dice la ley sobre la circulación de bicicletas en las rutas?

La legislación no permite la circulación por autopistas o semiautopistas, pero nada dice sobre rutas y caminos. Sí existen obligaciones en relación a las luces y demás elementos que garanticen la movilidad segura y eviten siniestros viales.

La Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 establece en su artículo 46 inciso b, la presencia de bicicletas queda prohibido en autopistas o en semiautopistas al figurar de manera explícita que la circulación de “peatones, vehículos propulsados por el conductor, vehículos de tracción a sangre, ciclomotores y maquinaria especial” se encuentra vedada. Pero nada dice acerca de la circulación en rutas o caminos adyacentes a centros urbanos.

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