Mediante la Resolución 57/24, la Secretaría de Transporte de la Nación habilitó la posibilidad de que traffics y vehículos particulares puedan brindar un servicio de transporte de pasajeros.
La normativa establece que los vehículos particulares podrán prestar así este servicio de carácter público siempre y cuando las unidades y los conductores cuenten con las habilitaciones técnicas y personales para circular.
Estos tendrán la potestad de fijar recorridos, horarios y tarifas similares o diferentes a las establecidas por el transporte público de pasajeros que funciona en todo el país.
“A quienes tengan vehículos grandes o pequeños (con seguro y revisión vehicular aprobada), los invitamos a convertirse en proveedores de transporte de pasajeros. El Decreto 883/24 había liberado el tránsito interjurisdiccional así como el de las conexiones aeroportuarias, dando libertad absoluta para operar, elegir vehículos, horarios y recorridos”, dijo el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, en su cuenta de Twitter/X.
“Simplemente informan a través de un trámite remoto vehículos, choferes y los recorridos que planifican hacer. Pueden cambiar esta información cuando quieran y las veces que quieran. ¡Y listo! ¡A rodar!”, sostuvo.
Al igual que ocurre en otros países de Sudamérica, África, y el sur de Asia, como India, Bangladesh y Sri Lanka, colectivos privados, vans, traffics y vehículos particulares podrán trasladar pasajeros como si fuera un servicio público, sin abonar estos una tasa o canon alguno.
Esto también representa un beneficio para las aplicaciones como Uber, Didi, y Cabify principalmente, aunque son muchas mas las que funcionan al día de hoy en el territorio nacional.
“Esperamos que con esta nueva reglamentación todos los operadores del sector puedan trabajar en total libertad, compitiendo entre sí, y con la flexibilidad que demandan los tiempos que corren. Damos así un paso más para implementar la agenda de libertad económica que nos pide el presidente”, finalizó el ministro.