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miércoles, 30 abril 2025 | Judicial

Dictaron 30 días de prisión preventiva para el dueño de la concesionaria OCP por estafas

Adrián D.G. deberá permanecer hasta el 27 de mayo detenido de forma preventiva de acuerdo a lo ordenado este miércoles por la Jueza Griselda Strólogo, a pedido del Fiscal Lucente. Se lo acusa de, al menos, seis hechos de estafas a personas mediante el engaño a la hora de comprar automóviles en su concesionaria de San Lorenzo. El imputado tomó la palabra e intentó defenderse. “No me considero un delincuente”, dijo.
Dictaron 30 días de prisión preventiva para el dueño de la concesionaria OCP por estafas
Este miércoles en los Tribunales Provinciales de San Lorenzo se llevó a cabo la audiencia imputativa a Adrián D. G., propietario de la concesionaria OCP quien fue acusado por al menos seis hechos de estafa con la venta de automóviles entre los años 2022 y 2024 y fue detenido el pasado lunes tras un allanamiento en su negocio de Av. San Martín y Buenos Aires de San Lorenzo. 

La Jueza Griselda Strólogo, a pedido del Fiscal Leandro Lucente, aceptó la calificación legal y dispuso la prisión preventiva por 30 días, con vencimiento el 27 de mayo. El Fiscal le achacó a D.G. al menos seis casos que han sido denunciados, aunque en todo momento sostuvo que fueron más y que el monto total de la estafa rondaría los 50 mil dólares o 60 millones de pesos al tipo de cambio actualizado a día de hoy, sin cepo cambiario. 

Se trata de un delito que tiene una pena en expectativa de prisión efectiva que va desde 1 mes hasta 36 años, aunque para el Fiscal, de probarse la comisión de los delitos atribuidos, la condena podría rondar la mitad de ese plazo. “Vamos a estar lejos del máximo pero también del mínimo”, dijo el letrado.


Modus operandi


En los seis casos que se le endilgan, el modus operandi habría sido el mismo: firmar un boleto de compraventa, solicitar una entrega de dinero que en todos los casos era alta, desde el millón de pesos hasta los 10.500.000 o incluso altos montos en dólares y luego acordaban la entrega del usado del cliente como parte de pago por el restante. Sin embargo, en todos los casos establecía una supuesta fecha de entrega del vehículo nuevo que variaba entre los 15 y los 60 días, pero llegada la fecha no lo entregaba y siempre ponía excusas para extender el plazo. 

El primero de los casos que fue denunciado y se tomó para la imputación es de fecha 20 de agosto de 2022, el siguiente del 29 del mismo mes y año. A este se suman dos hechos más en el año 2023, uno el 18 de julio y otro el 31 del mismo mes; y los dos últimos en 2024, el primero el día 28 de agosto y el segundo y último de la lista el 16 de noviembre. 

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“No soy un delincuente”


El propio imputado, que estaba acompañado por su abogado defensor particular, tomó la palabra en la audiencia y sostuvo que “no me considero ningún delincuente” al tiempo que alegó que “la voluntad de pago la tenemos”. “Yo tengo un negocio y vivo del negocio. No sirve de nada que esté detenido cuando no tengo acceso alguno a poder trabajar. La intención nunca es perjudicar ni nada por el estilo, sí solucionar los problemas suscitados. Tenemos clientes que siguen comprando. Al estar detenido no tengo acceso a nada”, agregó. 

Asimismo, sostuvo que con los seis casos mencionados en la audiencia por el Fiscal, se había llegado a algún tipo de “acuerdo” o había intención por parte suya de hacerlo pero que por diferentes motivos -siempre por causas que tenían que ver con el damnificado- nunca se concretaban, salvo en un caso donde acordó abonar en tres cuotas el monto actualizado de lo que la víctima había pagado, pero aún debía la última cuota. 

Al ser consultado por el Fiscal sobre si de alguno de los clientes había gestionado el pedido del vehículo nuevo a la concesionaria mayorista, sostuvo que lo hizo en todos los casos, pese a que, según la constatación de Lucente, las empresas mayoristas no registraban los pedidos reales de D.G.Al no tener el usado no podemos completar el pago. Hasta no tener el pago, hay concesionarias que no toman el pedido”, se defendió el imputado. 

“No es una situación de insolvencia”


El Fiscal sostuvo que, debido a la reiterada cantidad de casos con modalidades similares, no se trataría de una “insolvencia” por parte del imputado, sino que sería una estafa. “No es una situación de insolvencia. Siempre se daba el mismo modus operandi. Ofrecía los datos del número de chasis y mandaba fotos diciendo que el automóvil ya estaba en la concesionaria, pero nunca llegaba”, manifestó. 

“Los delitos de estafa están configurados pero se procuró que se reduzca el daño. No es cierto que se cerró la mediación. La mediación fue incumplida y faltó el pago de la última cuota”, añadió el letrado del MPA. 

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Y sumó que “el imputado tiene cheques rechazados por 6 millones de pesos. No tiene ningún bien a su nombre”, al tiempo que se preguntó por qué, “si hubo un problema en el primer caso en 2022, siguió con el mismo modus operandi hasta 2024”. “No tiene bienes. La concesionaria es una fachada, los vehículos son de terceros”, lanzó Lucente. 

Pese a un intento del abogado Defensor de poner a disposición bienes a nombre de terceros, a modo de fianza, para saldar parte de la deuda que el acusado tiene con las víctimas, al no poder especificar qué tipos de bienes serían ni la valuación de los mismos, la Jueza no hizo lugar al pedido de la Defensa de una medida no privativa de la libertad con firma en la Oficina de Gestión Judicial (OGJ) como muestra del sometimiento al proceso por parte del imputado. 

De esta manera, la Jueza Griselda Strólogo si hizo lugar al pedido de la Fiscalía y, en primer lugar, imputó a Adrián D.G. por el delito de Estafa en calidad de autor en seis hechos y le dictó la prisión preventiva efectiva por 30 días, hasta el 27 de mayo con una inhibición general de bienes. 

Pese a que el Defensor manifestó “el derecho penal es la última opción” y que “cada una de estas personas que radicaron la denuncia evitaron ‘olímpicamente’ (sic) la acción civil” porque “ evidentemente no tienen ganas de transitar un proceso que se puede extender durante años”, la Magistrada sostuvo entre los fundamentos de su decisión que “no hay dudas que seis hechos de estas características no tiene que ver con un sistema civil, sino que tiene que ver con un ardid de engaño hacia la víctimas. Hay víctimas en reiterados hechos, esto no es un giro comercial normal. Se siguió con la misma operatoria anómala con un giro delictivo”. 

De esta manera, el imputado permanecerá en prisión preventiva a menos que antes de la fecha de finalización solicite una audiencia de revisión y pueda hacer un ofrecimiento claro y concreto que permita la “neutralización de los riesgos procesales de tutela judicial de forma inmediata”, explicó Strologo. 

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