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martes, 20 agosto 2024 | Judicial

San Lorenzo: otorgaron a un padre el cuidado de su hijo por el maltrato de su madre

La decisión fue tomada por el Juez de Familia de esa ciudad. El menor, aseguró que su madre y su pareja “no desayunan, sino que beben vino y fernet”. Además, relató maltratos hacia él y discusiones constantes entre ambos.
San Lorenzo: otorgaron a un padre el cuidado de su hijo por el maltrato de su madre El Juzgado de Familia de San Lorenzo otorgó a un padre el cuidado unilateral de su hijo menor por el maltrato del que era víctima por parte de su madre y su actual pareja. El menor aseguró que en lugar de desayunar, ambos tomaban vino y fernet. La información la dio a conocer el periodista de judiciales Alberto Furfari, quien señaló que “los otros dos hijos viven con el progenitor desde hace tiempo”.

A través del patrocinio de la abogada Cecilia Rapp, el padre promovió una demanda de “adecuada comunicación con el niño”. Ante la Asesora de Menores el menor señaló que “eran frecuentes las discusiones de su madre con la actual pareja, quien en una oportunidad le rompió el teléfono celular a la mujer”.

Asimismo, el menor señaló que su mamá y su pareja no desayunan, sino que “beben vino y fernet”. Narró también que el hombre una vez le pegó en la cabeza porque no sabía hacer la tarea. A su vez, dijo que quería vivir con su papá y la pareja.

En su dictamen, la Asesora de Menores afirmó que “el niño cuenta con grado de madurez suficiente para expresarse y consideró que debe hacerse lugar al requerimiento del menor de vivir con su progenitor, atento los hechos denunciados y en resguardo del mismo”.

Por otro lado, en el informe de la escuela a la que concurre el niño se destaca que “trabaja a destiempo, con desatención constante, sus carpetas están incompletas en todas las áreas y escasa participación oral”.

El padre le solicitó al juez de Familia, Marcelo Escola, que haga lugar al pedido de vivir con él. En la resolución el magistrado puntualizó que “el cuidado personal hace a la protección de una niña, niño o adolescente en forma cotidiana y especialmente en el proceso de formación y los deberes y facultades de los progenitores referidos a la vida de sus hijos”.

Agregó que “estamos en presencia de un deber-derecho para los progenitores y que deriva del ejercicio de la responsabilidad parental, en principio y por regla general es compartido y excepcionalmente puede ser unilateral o unipersonal, y al efecto debe tenerse siempre en cuenta el interés superior del niño, niña o adolescente”.

Fuente: Versión Rosario

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