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jueves, 21 diciembre 2023 | Deportes

Por estatuto, la AFA podría desafiliar a los clubes que se conviertan en S.A.D.

El estatuto de la Asociación del Fútbol Argentino específica que los clubes que la conforman deben ser Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro, por lo que no se contempla la posibilidad de ser una Sociedad Anónima.
Por estatuto, la AFA podría desafiliar a los clubes que se conviertan en S.A.D.
En una serie de reformas anunciadas por el presidente Javier Milei, el Gobierno nacional incluyó en un decreto de necesidad y urgencia (DNU) la modificación de la Ley de Sociedades para permitir que los clubes de fútbol se conviertan en Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) si así lo desean. Este cambio afecta directamente la estructura y organización de los clubes de fútbol en Argentina, ofreciéndoles la opción de adoptar un modelo más empresarial.

Sin embargo, la Asociación del Fútbol Argentino, no contempla en su estatuto la posibilidad de que sus miembros sean Sociedades Anónimas Deportivas. Esto quiere decir que, hasta que la AFA lo permita en su estatuto, cualquier institución que lo intente perderá la afiliación y quedará inhabilitada para competir a nivel nacional e internacional.

No obstante, el artículo 19 del DNU parece abordar esta situación, indicando que “no se puede impedir, dificultar o menoscabar el derecho de una organización deportiva basado en su forma jurídica reconocida”. Sin embargo, la AFA argumenta que cualquier cambio requerirá la aprobación de los asambleístas en sus respectivas asambleas.

Ante esto, la FIFA condena intervenciones gubernamentales en las Asociaciones Miembro, y cualquier intento de sobrepasar el reglamento de la AFA podría resultar en sanciones y posiblemente en una intervención.

¿Qué especifica el estatuto de AFA?

Para comenzar, es importante aclarar que en el artículo 1, página 5, la AFA se define como una Asociación Civil: “La Asociación del Fútbol Argentino es una asociación civil, constituida con arreglo a la legislación de Argentina e inscripta en la Inspección General de Justicia".

En la página de Definiciones, el estatuto expone a los clubes de la siguiente manera: “Asociación civil con personería jurídica en los términos de lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación, Libro I, Título II, Capítulo 2, y la autoridad de contralor de la respectiva jurisdicción que ha sido admitida por la Asamblea como miembro de la AFA o de una liga reconocida por la AFA y con al menos un equipo que participa en una competición”. Asimismo, el capítulo II. MIEMBROS, en el Artículo 9 expresa que “los clubes a incorporarse en carácter de invitados por la AFA deberán revestir el carácter de asociaciones civiles sin fines de lucro”.

Por último, en el artículo 10 se detallan los pasos y requisitos para afiliarse a la entidad y dice que “toda asociación civil sin fines de lucro con personería jurídica que desee convertirse en miembro de la AFA presentará una solicitud por escrito ante la secretaría general de la AFA”.

El presidente de Banfield, Eduardo Spinosa, escribió: "Con todos los problemas que tiene el país, me pregunto cuál es la urgencia (DNU) y en qué beneficia al Estado que los clubes sean SA, ya que el Estado no paga un peso a los clubes, ni los subsidia. Hasta la policía pagamos los días de partido".

La polémica surge en torno a la motivación de Milei y su intervención en decisiones futbolísticas, con especulaciones sobre posibles favores políticos, ya que el presidente electo recibió respaldo de parte de Mauricio Macri, por lo que se generan dudas sobre una retribución política.

Cabe recordar que en noviembre, la Liga Profesional de Fútbol expresó su rechazo a las SAD.

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