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miércoles, 31 enero 2024 | Deportes

La Justicia Federal suspendió los artículos del DNU que habilitaban las SAD

La justicia ordenó la suspensión de los artículos 335 y 345 del decreto 70/2023, los que habilitaban el ingreso de sociedades anónimas deportivas en Argentina.
La Justicia Federal suspendió los artículos del DNU que habilitaban las SAD
La Justicia ordenó la suspensión de los artículos 335 y 345 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, dictado por el presidente Javier Milei, que habilitaba el ingreso de sociedades anónimas deportivas al fútbol argentino. La medida fue tomada en respuesta a una presentación de la Liga de Fútbol de Salto, Provincia de Buenos Aires, argumentando que el DNU intervenía en decisiones adoptadas por las ligas y desprotegía a las asociaciones civiles sin fines de lucro.

El juez federal de Mercedes, Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto, consideró que el DNU interfería en decisiones adoptadas por los clubes y organizaciones, desprotegía a asociaciones civiles sin fines de lucro y ponía en riesgo a entidades que cumplen un papel social y en la salud de la población.

El DNU permitía el ingreso de sociedades anónimas al fútbol argentino, lo que generó controversia y críticas incluso entre quienes apoyan al gobierno de Milei. La presentación de la Liga de Salto argumentó que el DNU vulneraba derechos y que una sociedad anónima, con capitales extranjeros, podría afectar a clubes que cumplen un papel social y en la salud de la población.



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