
Los mismos deberán respetar las medidas de prevención, evitando situaciones de peligro y para poder disfrutar de las actividades náuticas deportivas.
Las recomendaciones anunciadas fueron las siguientes:
Quienes conduzcan embarcaciones deportivas, deben contar con la correspondiente habilitación.
Recordar verificar los elementos de seguridad (bengalas rojas – matafuegos A-B-C )
Evitar navegar en condiciones de mala visibilidad o con pronósticos de mal tiempo.
En lugares alejados, se deberá incluir en el equipo un VHF o teléfono celular, desde cualquier teléfono se puede comunicar con el 106 (emergencias de la Prefectura).
Los menores de edad deben estar siempre acompañados por mayores de 18 años.
Se recuerda a los usuarios de embarcaciones deportivas que las mismas carecen de facultades técnicas y administrativas para realizar actos de comercio (traslado de personas).
En bote a remos usar obligatoriamente el chaleco salvavidas y/o dispositivo de ayuda a la flotación por parte de los tripulantes de las embarcaciones propulsadas exclusivamente a remo y un (1) silbato adosado, incluidos kayaks y canoas, establecidos en la Ordenanza 3/17.
Se recuerda a los conductores de embarcaciones náutico deportivas, artefactos acuáticos tipo moto de agua o similares y al personal de la marina mercante nacional, que continúa en vigencia los
controles de alcoholemia. Como así también en cuestiones sanitarias en cuanto a COVID -19, que mantiene vigencia mediante el Decreto Provincial Nº 1628, de carácter complementario a los Decretos nros. 0495/20 y 1186/20, que establece las restricciones para la navegación deportiva y recreativa con una capacidad máxima al (50%) de ocupantes en las embarcaciones y dentro de los horarios permitidos de 08 a 21 hs.