No se encontraron resultados.La Secretaría de Salud y Preservación del Medio Ambiente de la Municipalidad de San Lorenzo, a través de su Dirección de Higiene y Seguridad Alimentaria, informa a la población que la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl), solicitó a los Municipios, Comunas y Regionales que procedieran a decomisar y prohibir la comercialización de los productos que se encuentren rotulados de la siguiente manera:
Producto: Aceite de Oliva extra Virgen
Marca: Antigua Estancia Andina de Mendoza
RNE Nº: 13002304
RNPA Nº: 025-13027521
Distribuido por: Hugo Mancuzzi
Domicilio: Larrea Nº1672
Localidad: Guaymallen
Provincia: Mendoza
en todas las presentaciones, debido a que los mismos no cumplen con la Legislación Alimentaria Vigente ya que el RNE y el RNPA se encuentran dados de baja.
Producto: Pan
Marca: Fátima
RNE Nº: 21-065832
Elaborador: Panificadora Fátima de Brue Santiago Hernán
Domicilio: Centenario Nº 1663
Localidad: Cañada de Gómez
Provincia: Santa Fe
en todas las presentaciones que se encuentre, debido a que el producto no cumple con la Legislación Alimentaria Vigente en cuanto a que el RNE se encuentra inactivo y carece de RNPA;
Producto: Fideos Nidos al morrón
Marca: El Furlanito
RNE Nº: 21-019709
RNPA Nº: 21-023828
Elaborador: José Luis Bassi
Domicilio: San Martín Nº 461
Localidad: San Carlos Sud
Provincia: Santa Fe
en todas las presentaciones que se encuentre, debido a que el producto no cumple con la Legislación Alimentaria Vigente porque el RNPA es inexistente.
Producto: Masas Secas
Producto: Alfajores de Maicena
Producto: Alfajores de Dulce de Leche Bañados con Chocolate
Marca: La Santafesina
RNE Nº: 21-066843
RNP Nº: 21-023559
Domicilio: Santa Fe Nº477
Localidad: Capitán Bermúdez
Provincia: Santa Fe
en todas las presentaciones que se encuentren, debido a que no cumple con la Legislación Alimentaria Vigente porque el RNE que figura en los rótulos se encuentra dado de baja, el RNPA es inexistente y carecen de información obligatoria.
Se recuerda que: para elaborar alimentos se debe contar con el RNE (REGISTRO NACIONAL DE ESTABLECIMIENTO) y RNPA (REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTO ALIMENTICIO) aprobados por la autoridad sanitaria correspondiente y en estado activo; la falta de estos registros no permite la seguridad y trazabilidad de los alimentos mencionados.
La ASSAl y los municipios deben prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población, por ello deben garantizar que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos.
Como siempre, la Dirección de Higiene y Seguridad Alimentaria de la Secretaría de Salud y P. del M. Ambiente se pone a disposición de elaboradores y consumidores ante cualquier duda o asesoramiento al respecto, en nuestra dirección de Bv. Urquiza 1176, en los horarios habituales de atención al público, o telefónicamente, al Nº 435487.