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jueves, 20 agosto 2020 | Salud

Anmat dio de baja más de 400 anuncios online que vendían Dióxido de Cloro

Ya se dieron de baja más de 400 anuncios que ofrecían este producto en el marco de cooperación con la plataforma Mercado Libre.
Anmat dio de baja más de 400 anuncios online que vendían Dióxido de Cloro A raíz del seguimiento que realiza la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) sobre la información que circula en redes sociales y medios de comunicación en referencia al uso de dióxido de cloro como tratamiento y/o prevención de COVID-19 y otras enfermedades, se detectaron anuncios en plataformas digitales que comercializan productos a base de ese componente que no están autorizados por esta Administración.

En este sentido, a la fecha se dieron de baja más de 400 avisos en el marco de cooperación con la plataforma Mercado Libre

"Se recuerda que, como se mencionó en el comunicado anterior y en el emitido por el Ministerio de Salud de la Nación, el producto no cuenta con estudios que demuestren su eficacia, no posee autorización por parte de este organismo para su comercialización y su uso podría ocasionar graves consecuencias en la salud de las personas que lo ingieran", expresó Anmat a través de su página web.

Por ello, se advierte a la comunidad:

-no consumir productos que contengan dióxido de cloro o sustancias relacionadas (clorito de sodio, hipoclorito de sodio, lavandina).

-no comprar por internet medicamentos ni productos promocionados para tratar enfermedades ya que no se puede garantizar su seguridad, legitimidad o que hayan sido conservados de manera adecuada. El único canal oficial de comercialización es la farmacia.

También se prohibió un Alcohol en gel

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este jueves, a través de una disposición publicada en el Boletín Oficial, la comercialización de un alcohol en gel.

La Disposición 6109/2020 estableció la prohibición de la “comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto rotulado como: COSMETIC alcohol en gel – uso externo- Industria Argentina- 5 L- elaborador LEG Nº 1602- MS Res. 155/98, lote 2251 V: 09/23 y cualquier otro lote del producto”.



Las razones expuestas en los considerandos aclararon que la “Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud puso en conocimiento que el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal indicó que detectaron irregularidades sobre el producto”.

Además, señaló que el producto en cuestión se visualizó en un portal de venta online y que “el departamento no halló ningún producto cosmético inscripto que responda a esos datos identificatorios” y que “no existía ningún establecimiento habilitado por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica para el rubro cosmético que corresponda a ese número de legajo”.

A su vez, se indicó que “al tratarse de un producto ilegítimo, toda vez que declara datos no veraces en su rotulado, que se desconoce su origen y efectiva composición es que no puede garantizarse su calidad, seguridad y eficacia, situación que resulta en un riesgo para la salud de la población, teniendo en cuenta el contexto actual de uso de este tipo de productos destinado a la higiene y sanitización de manos”, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud “sugirió la prohibición preventiva de comercialización y uso de todos los lotes del producto”.

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