La
Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país, incluyendo plataformas de venta en línea, de
dos marcas de aceite de oliva que presentaban irregularidades en su rotulado y carecían de registros sanitarios.
La medida se dispuso a través de las disposiciones 7214/25 y 7215/25. El primer caso corresponde al producto Aceite de oliva extra virgen marca Morando Premium, primera prensada en frío (RNPA 03001163-5; RNE 03000150). Según constató el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), los números de registro que figuran en la etiqueta no existen en los registros oficiales, por lo que se trata de un alimento falsamente rotulado y, en consecuencia, ilegal.
La segunda disposición alcanza al Aceite de oliva virgen extra, primera presión en frío, marca Estancia Olivares, Origen Mendoza (RNE 13310522; RNPA 13496730). En este caso, el producto carece de registros sanitarios tanto de establecimiento como de producto, y utiliza números de registro inexistentes. ANMAT advirtió que, bajo estas condiciones, representa un riesgo para la salud de la población.
Ante esta situación, el organismo recomendó a la comunidad no consumir estos aceites de oliva, evitar su uso en caso de haberlos adquirido y denunciar su comercialización ante la autoridad sanitaria local.
Con estas disposiciones, ANMAT refuerza su política de control sobre los alimentos que circulan en el mercado nacional, con el objetivo de garantizar la seguridad y la salud de los consumidores.