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viernes, 23 octubre 2020 | Santa Fe

La Paridad de Género ya es Ley en la provincia de Santa Fe

Convirtieron en Ley el proyecto que dispone la paridad de género en la composición e integración del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial, partidos políticos y asociaciones, consejos y colegios profesionales. Deben estar representadas por un 50% para hombres y mujeres.
La Paridad de Género ya es Ley en la provincia de Santa Fe Tras varios intentos fallidos, la Legislatura provincial dio este jueves sanción definitiva al proyecto que prevé un cupo del 50% para mujeres no sólo en las listas electorales, sino que también en la composición de funcionarios dentro del poder Ejecutivo y en el poder Judicial. Luego de las modificaciones incorporadas hoy, el Senado provincial le dio aprobación definitiva y ya es Ley la Paridad de Género

La paridad de género es entendida como una participación equilibrada de hombres y mujeres en las posiciones de poder y de toma de decisiones en todas las esferas de la vida (políticas, económicas y sociales), constituye una condición destacada para la igualdad entre los sexos, la representación igualitaria de varones y mujeres en un 50% para cada género en la conformación de listas electorales, y en la composición de estructuras orgánicas o de cargos y ternas o nóminas de designación.

Se aplica en:

-Elecciones generales de cargos públicos electivos para la postulación de listas de precandidatos/as y candidatos/as para:
Diputados/as Provinciales; Concejales/as Municipales; Miembros de Comisiones Comunales; y Listas de candidatos/as a convencionales constituyentes (artículos 114 y 115 de la Constitución Provincial);

Precandidatos/as a Senadores/as Provinciales; Designación de Ministros/as y Secretarios/as de Estado; Integración de cargos según leyes orgánicas o estatutos para el sector público provincial no financiero, para empresas, sociedades y otros entes públicos, bajo la forma de empresas públicas, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades anónimas del Estado, sociedades de economía mixta, sociedades del Estado, entes interestatales e interjurisdiccionales u otros entes estatales; Poder Judicial; Consejo de la Magistratura; Constitución y organización de partidos políticos; y Consejos, colegios y asociaciones profesionales.

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