El Gobierno nacional reglamentó este lunes 1 de junio el funcionamiento del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una herramienta incorporada en la reforma laboral sancionada a fines de febrero que modifica el esquema de cobertura de indemnizaciones y otras obligaciones laborales para trabajadores registrados del sector privado.
La reglamentación fue oficializada este lunes mediante su publicación en el Boletín Oficial y establece los mecanismos de conformación, administración y utilización de los fondos, así como las condiciones que deberán cumplir empleadores y trabajadores para acceder al sistema.
De acuerdo con la normativa, el FAL estará destinado a empleadores del sector privado, con excepción de aquellas relaciones laborales excluidas expresamente por la legislación vigente y del sector público.
El nuevo régimen prevé que los recursos sean administrados a través de vehículos de inversión colectiva autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV), entre ellos fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros. Según el Gobierno, esta modalidad permitirá garantizar una adecuada supervisión, la afectación específica de los recursos y la separación patrimonial de los fondos.
La reglamentación también define las entidades habilitadas para administrar los recursos, las características de las cuentas individuales de cada empleador y los requisitos de registración que deberán cumplir los trabajadores para estar cubiertos por el sistema.
La norma además establece el procedimiento para el pago de indemnizaciones. Una vez presentada la documentación requerida, la entidad administradora deberá transferir los fondos al trabajador en un plazo máximo de cinco días hábiles.
Por otra parte, el decreto dispone que los recursos acumulados solo podrán invertirse en instrumentos financieros emitidos y negociados dentro de la República Argentina.
La implementación del Fondo de Asistencia Laboral constituye uno de los principales cambios introducidos por la Ley de Modernización Laboral.