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jueves, 28 agosto 2025 | Judicial

Juez de Familia de San Lorenzo obligó a padres a pagar la manutención de su hijo que está en un Centro Residencial

El juez de Familia de San Lorenzo, Marcelo Escola, resolvió que los progenitores del adolescente deberán aportar el 30% de sus ingresos para garantizar sus derechos. La medida fue solicitada por la Delegación Regional de Niñez. El menor está alojado en el Centro Residencial. Denunciaron que “incumplieron sus deberes de responsabilidad parental”.
Juez de Familia de San Lorenzo obligó a padres a pagar la manutención de su hijo que está en un Centro Residencial
El juez de Familia de San Lorenzo, Marcelo Escola, estableció una cuota alimentaria provisoria en favor de un adolescente en situación de vulnerabilidad, alojado en un Centro Residencial por una medida de protección excepcional dictada por la Delegación Regional San Lorenzo de la Dirección Provincial de Niñez, Adolescencia y Familia.

La solicitud fue presentada por la delegada regional, doctora María Florencia Biré, quien pidió al juzgado que, como “medida complementaria”, se fije una cuota de alimentos provisoria a cargo de los progenitores. El argumento fue que los padres incumplieron sus deberes de responsabilidad parental, situación que derivó en abandono y vulneración de derechos, pese a estar al tanto del riesgo que ello implicaba.

En su presentación, el organismo de protección sostuvo que “corresponde remover cualquier obstáculo que impida el acceso a la satisfacción integral de los derechos del adolescente en cuestión”. Además, señaló que la situación fue consecuencia de “graves negligencias” de los progenitores, quienes demostraron “una clara desafección hacia la situación personal de su hijo” y no adoptaron acciones para revertirla.

El juez Escola hizo lugar al pedido y dispuso que se retenga a los progenitores el 30% de sus ingresos, o una suma no menor a $515.984, equivalente al 100% de la Canasta Básica de Crianza para niños de 6 a 12 años. La percepción se aplicará sobre sueldo, aguinaldo, horas extras, premios, indemnizaciones y cualquier otro concepto remunerativo, más el 100% de las asignaciones familiares.

Fuente: Versión Rosario 

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