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lunes, 10 agosto 2020 | Economía

Del Frade eleva un reclamo sobre los controles del SENASA en los puertos

El diputado advirtió al gobierno provincial que los propios empleados del SENASA San Lorenzo, Rosario y Villa Constitución denunciaron que “hay una clara intención de favorecer los intereses de exportadores, fleteadores de buques y agencias marítimas” tras vencer una resolución.
Del Frade eleva un reclamo sobre los controles del SENASA en los puertos Luego de una nota dirigida al director del Centro Regional Santa Fe del SENASA, Victor Di Pascuale, de parte de los peritos clasificadores de granos, oleaginosas y subproductos de las oficinas de San Lorenzo, Villa Constitución y Rosario del mencionado organismo, el Diputado Carlos Del Frade se hizo eco de las denuncias de los empleados donde expresan que “hay una clara intención de favorecer los intereses de exportadores, fleteadores de buques y agencias marítimas”.

“El control de lo que entra y sale por los puertos santafesinos incide directamente en la vida cotidiana de su población. Mas allá de la jurisdicción nacional es fundamental saber, desde el estado provincial, si los sistemas de verificación del SENASA fueron supervisados o inspeccionados desde la administración santafesina a partir del primero de enero de 2020”, dijo el diputado.

Por este motivo el legislador presentó un pedido de informe sobre las precisiones y detalles del funcionamiento de SENASA en las ciudades de San Lorenzo, Rosario y Villa Constitución en relación al sistema de control de aptitud de carga de bodegas, tanques de buques, barcazas y otros contenedores para exportación de granos, productos y subproductos.



En la denuncia de los trabajadores advierten que “la vigencia de la resolución 693/2017 hace perdurar los intereses de las organizaciones empresarias que engloban al Complejo Agroexportador Argentino, tales como el Centro de Agencias Marítimas, Cámara de Industrias Aceiteras”, en referencia al artículo uno (1) que expresa la puesta en funcionamiento de un sistema piloto por el término de UN (1) año, el cual venció en 2018 y el que deja a las empresas a cargo del control de la carga.

Por otro lado, la nota sostiene que "esta normativa estuvo gestada durante la peor conducción de la historia del SENASA, la cual se destacó por la falta de apego a los procedimientos públicos, con la clara intención de favorecer los intereses de exportadores, fleteadores de buques y agencias marítimas, en desmedro del control del estado, argumentando falsamente la "optimización de costos" para poner en manos privadas los controles y/o barreras sanitarias". Agrega el documento que "como bono extra se aprovechó esto para gestión de Laura Alonso, la cual no encontró ninguna anomalía.
“Estas consideraciones sobre la continuidad de medidas que generaron el relajamiento de los controles sobre ingresos y egresos de los puertos en la provincia, merecen una especial atención de parte del gobierno santafesino”, finaliza Del Frade.



Una medida a medida

La resolución 693-E/2017 dice que “resulta necesario, por razones de reordenamiento estructural y en virtud de la regionalización y descentralización operativa de este Servicio Nacional, readecuar aspectos administrativos y de procedimiento de la metodología vigente para la inspección y aprobación de toda bodega o tanque de buque/barcaza destinado a transportar granos, sus productos y subproductos presentados en graneles con destino a exportación”.
Además “considera que de acuerdo a las nuevas políticas impulsadas por el Gobierno Nacional en términos de competitividad y rebaja de costos, es imprescindible optimizar ciertos aspectos operativos, como lo es la habilitación de bodegas y tanques de buques y barcazas para exportación, utilizando los servicios de empresas especializadas en la temática”.

Por tal motivo se estableció que por el término de UN (1) año se pondría a prueba y que funcionaría como sistema piloto la implementación de controles por parte de las empresas certificadas, sin la necesidad de que SENASA esté in situ para constatar dicho cargamento. Medida que en octubre de este año cumplirá dos (2) años de vencida.

Esta medida que es la encargada de regular y determinar que las bodegas y tanques se encuentren libres de insectos vivos, humedad, óxido desprendible, olores objetables, pintura fresca, residuos de cargas anteriores, roedores, sus excrementos u otras causas que pudieran presentarse y alterar la calidad de la mercadería. Y la resolución deja a la libre elección de las agencias marítimas la convocatoria a Agencias de Control para realizar el trabajo de inspección que fuere de SENASA, al solo efecto de aquellos operadores internacionales que soliciten la observación del Servicio Nacional.

Por otro lado, las operatorias que no requieran intervención oficial de bodegas/tanques: cuando el país comprador no lo requiera, la verificación de aptitud de carga se realiza a través de cualquiera de las Empresas de Control.

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